En consecuencia se acuerda extender las presentaciones a cada treinta (30) días hasta tanto conste el resultado de la evaluación psico social a los fines del pronunciamiento sobre la suspensión condicional de la ejecución de la pena, asimismo sobre la base al derecho al trabajo, de conformidad con los artículos 88 y 89 de la Constitución Nacional. Se declara con lugar las solicitudes realizadas por la Defensa.