Por las argumentaciones que se han dejado extendidas, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO DANDOSELE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA.-
En este mismo orden de ideas, por cuanto en fecha 13 de marzo de 2012, se decretó EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, se levanta dicha medida, ordenándose proveer lo conducente en el respectivo cuaderno de medidas.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.
Se ordena la devolución de los documentos originales consignados en el presente expediente, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y su entrega a la parte actora.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de.....