República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos: JULIO CABEZA SALAZAR Y SILVA GREGORIA JOSEFINA, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día fecha VEINTE (20) de Diciembre de (1.985), según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada bajo el Nº 139, folio N° 185 vto, del año 1985 de los libros llevados por ante la Autoridad Civil del Municipio José Fèlix Ribas, Estado Guarico,.-