PRIMERO: NULO el fallo dictado en fecha 03 de junio de 2005, dictada por la Juez Unipersonal N° X de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora ciudadano Carlos Riveras contra la sentencia de fecha 03 de junio de 2005, dictada por la Juez Unipersonal N° X de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
En consecuencia de lo anterior se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, por lo tanto queda modificado el Régimen de Visitas fijado en la Separación de Cuerpos, en los términos establecidos en la parte motiva del presente fallo...