IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
En merito de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada ISSISNAY ALDANA, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra de la sentencia proferida en fecha 18 de septiembre de 2006, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que declaró perimida la instancia de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio por desalojo incoado por la sociedad mercantil MULTISERVICIOS INMOBILIARIOS LA PREVISORA, C.A., en contra de la empresa DESARROLLOS SALPASKEN, C.A., la cual queda revocada.
SEGUNDO: .....