Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA SIN LUGAR Y NIEGA la solicitud de Revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de los acusados J HERNANDEZ ALVARADO ANDRES ALEXANDER y YOVANNY ANTONO ROJAS RODRIGUEZ, ampliamente identificado en las actuaciones, en el presente asunto seguido por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 458 en concordancia con el artículo 83 y 277, todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos HEND AL JARMAKANI y AL JARMAKANI CHUMARI NIDAL y DEL ORDEN PUBLICO, realizada por la Defensa y su sustitución por una medida menos gravosa, sobre la base de las consideraciones expuestas, al considerar que no han variado las circunstancias que motivaron la Privación Judicial Preventiva de Lib.....