declara:
PRIMERO: DESISTIDO la Acción de Amparo Constitucional accionado por el ciudadano JUAN ANDRÉS GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-7.220.368, debidamente asistido por los abogados YERINY CONOPOIMA y FREDDY FLORES, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 69.048 y 175.382, respectivamente, parte presuntamente agraviado.
SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior queda terminado el presente procedimiento de Acción de Amparo Constitucional contra Omisiones Judiciales.