IV
DISPOSITIVO
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA Y PECUARIA, solicitada por el ciudadano Alberto Vladimir Solórzano Rodríguez, venezolano, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.267.215, debidamente asistido por los abogados Marellys Martínez y Rómulo A. Herrera, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 133.529 y 86.299 respectivamente, contra el ciudadano Eufracio Efraín Delgado Flores, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.267.606, así como a cualquier tercero
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA Y PECUARIA, sobre el lote .....