declara SIN LUGAR LA REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR presentada por el ciudadano JESUS RICARDO DIAZ CABELLO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad numero V-6.465.327 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Numero 46.013, en contra de la ciudadana MARIA GABRIELA OLAVARRIA ALBÁN, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad numero V-9.878.034, en consecuencia se mantiene el Régimen de Convivencia familiar como se venia desarrollando hasta el momento de interposición de la presente demanda