VII
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE, para conocer el presente recurso de apelación interpuesto por abogada Fanny Escobar Figueroa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.977.534, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 52.792, en representación judicial de la ciudadana María de los Reyes Risso Herrada, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-14.315.242, en su condición de apelante, contra la decisión dictada por el A-quo de fecha 25 de julio del 2016.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 01 de agosto de 2.016, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 25 de julio del .....