SE DECLARO CON LUGAR la Inhibición de la Juez Segundo de Juicio RAQUEL VILLARROEL ERNÁNDEZ, para seguir conociendo de la causa JP11-P-2006-001974, de la nomenclatura particular del Tribunal Segundo de Juicio, sede en Calabozo, y se ordena al Juzgado Primero de Juicio del Estado Guárico, Extensión Calabozo, que continúe conociendo de la antes identificada causa. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 86 numeral 7°, 90, 94 y 95 del Código Orgánico Procesal Penal y en relación con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.