Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos: WAILER JOSÉ TADERMO JARAMILLO y RUTHMERY SOLER VELASQUEZ, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 17 de Octubre de 2000, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada bajo el Nº 58, de los libros llevados por ante el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas Estado Guárico .-