El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a los ciudadanos MAYRA DEL CARMEN BANDRES FERNÁNDEZ, YOLY CAROLINA y RAUL AUGUSTO ESCALONA BANDRES como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto RAÚL AUGUSTO ESCALONA. Déjese constancia en el libro diario y devuélvanse originales las presentes actuaciones conforme a lo solicitado.
El Juez
Dr. José A. Bermejo
La Secretaria.
Abog. Yessica Mora
Seguidamente se devuelve constante de quince (15) folios útiles.
La Secretaria.