Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en el ejercicio de su competencia, imparte la HOMOLOGACIÓN del mismo, visto el acuerdo realizado entre las partes intervinientes en el presente asunto, por consiguiente da por terminado dicho acto y se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, se da por terminado el procedimiento y se ordena el cierre del presente expediente una vez transcurrido cinco (05) días de despacho siguientes a la presente fecha.