-IV-
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y ESTADO MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por decaimiento de la acción, correspondiente a la solicitud de MEDIDA DE PROTECCIÓN A LOS CULTIVOS, requerida por ADEL NIEVES, EUGENIO NIEVES y APOLINAR ELADIO GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, de oficio agricultores, titulares de la s Cédulas de Identidad Nros.: V-14.852.289, V-11.037.848 y V-624.057, domiciliados en el Sector Puinki, bajando por Cumbre Roja, Los Teques, municipio Guaicaipuro, estado Bolivariano de Miranda, debidamente asistidos por el abogado Cristobal Marcano, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro.: V- 3.653.495 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 24.931, y por consi.....