VI
DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente recusación.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR, la recusación interpuesta por el ciudadano José Antonio Ledezma, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.572.088, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 66.376, actuando en su propia representación, en contra de la ciudadana Anybeth Sulbaran Martínez, en su condición de Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. Llevada en el expediente Nº 2015-4484 (nomenclatura particular de ese Juzgado).
TERCERO: Se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal de la causa, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a .....