(...) este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en virtud que no se vulnero ningún derecho irrenunciable de la trabajadora ni normas de orden público, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efecto de Cosa Juzgada. Se acuerda expedir por secretaria, las copias solicitadas por las partes. Igualmente se ordena certificar a los fines estadísticos el presente auto junto con el escrito suscrito por las partes, ordenándose la cierre y archivo del expediente una vez conste en autos el retiro de las acopias acordadas.- PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.- (...)