En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la Ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (USO COMERCIAL) sigue la sociedad mercantil Inversiones Elisanari 2011, C.A., contra la sociedad mercantil Inversiones Gato Negro, C.A.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de esta decisión.