este Juzgado HOMOLOGA la transacción celebrada por las partes, por la cantidad de TRECE MIL VEINTICINCO BOLIVARES CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. f. 13.025,82), cantidad señalada que previa deducciones recibidas oportunamente por la actora que incluyen intereses que genera la consignación y constituye la indemnización de antigüedad, vacaciones vencidas, fraccionadas, utilidades, el tiempo de servicio, bono alimentación conforme a los artículos 108, 104, 219, 174 de la Ley Orgánica del Trabajo, la vigente Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, y a la solicitud que riela del folio 01 al 03 con sus intereses y que se da aquí por reproducida admitida en su oportunidad legal, por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente transcurrido el lapso legal. Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Es.....