este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Guarico en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el Ciudadano JULIO CESAR GAMARRA MOSQUEDA GONZALEZ titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.998.588 en contra de empresa CONSTRUCTORA DON MATO Y /O JULO MATO en consecuencia se condena a la demandada a cancelar a la demandante la suma de bolívares DOS MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON CERO DOS (BSF.2.524,02)