este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de conversión en Divorcio de la separación de cuerpos a la cual se refieren las presentes actuaciones y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: HECTOR JOSÈ MOROCOIMA PARRA y ROSSILIANA AIDA CORREA REQUENA, ambas partes identificadas en los autos, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Josè Fèlix Ribas del Estado Guárico, en fecha 20 de Julio de 2010, según acta N° 065.