este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA SOLICITUD DE DECLINATORIA DE COMPETENCIA A LOS TRIBUNALES CONTENCIOSOS-ADMINISTRATIVOS y AFIRMA SU COMPETENCIA POR LA MATERIA para conocer del presente asunto interpuesto por la ciudadana YASNEYDI EVELIA RIVAS BARRIOS contra la sociedad mercantil INVERSIONES 7799 C.A., por prestaciones sociales.