DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada por cobro de prestaciones sociales y otos conceptos laborales incoada por la ciudadana YUBIL PAOLA CUELLO MORENO contra la entidad de trabajo KD DELICATESES VALLE ARRIBA, C.A. SEGUNDO: Se ordena a la entidad de trabajo, KD DELICATESES VALLE ARRIBA, C.A. a cancelar a la accionante los conceptos que serán determinados en la parte motiva del fallo; TERCERO: Vista la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costa.