DISPOSITIVA
El Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, Suspende la fórmula de cumplimiento de pena de Régimen Abierto al ciudadano Oscar Ramón Ramírez Peña, en virtud de la imposibilidad del penado de permanecer en el Centro de Tratamiento Comunitario Dr. Angulo Ariza; en consecuencia se ordena su reclusión en la Penitenciaría General de Venezuela, donde quedará recluido a la orden de este Tribunal, hasta tanto sea aperturado el Centro de Tratamiento Comunitario de esta ciudad, todo conforme a lo pautado en los artículos 479 ordinal 1º y 483 ambos del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese, publíquese y notifíquese lo conducente. Líbrense las correspondientes comunicaciones......