De la revisión exhaustiva del escrito de solicitud así como de los documentos cursantes a los folios cuatro (4) al catorce (14) del expediente, se evidencia que en terreno ubicado en el sector denominado "Barrio Unión", Sector 519, Manzana 15 en jurisdicción del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, ya se encuentran construidas Bienhechurias sobre las cuales se Declaro Titulo Supletorio Suficiente de Propiedad, tal como se desprende del Titulo Supletorio signado S Nº05-0569, evacuado ante el Jugado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de noviembre de 2005; por lo que mal podría volver ha construirse bienhechurias y mejoras sobre el mismo terreno y sobre la misma edificaciòn, en donde ya se acordó previamente Titulo Supletorio. De los elementos probatorios consignados por la parte, se desprende claramente, que es sobre las bienhecurias acordadas en fecha 17/11/2005 por el J.....