DISPOSITIVA
En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA TERMINACIÓN DEL PROCESO por pérdida sobrevenida del interés jurídico actual, al encontrarse satisfecha la pretensión de la parte accionante.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y NOTIFIQUESE.