Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra el auto de fecha 22 de septiembre de 2008, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE ADMITE la prueba de informe promovida por la parte actora; en consecuencia, se ordena al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas la realización de las actuaciones subsiguientes, conforme lo prevé la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: SE ANULA PARCIALMENTE el auto de fecha 22 de septiembre de 2008, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunsc.....