este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN conforme a los artículos 26, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley. Así mismo, acuerda las copias certificadas solicitadas en la diligencia de fecha 08 de diciembre de dos juegos de la transacción y de la presente decisión. Finalmente, se ordena librar nuevo oficio a la oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial del Trabajo, a los fines que se apertura cuenta de ahorros a nombre de la oferida ciudadana Milagros Martínez por la de Bs. 20.000,00. ASÍ SE DECIDE. Déjese copia de la presente decisión. Expídase copias y Líbrese oficio.
EL JUEZ
SER.....