Se dictó y publicó Sentencia Definitiva mediante la cual se declaró Sin Lugar la demanda.- De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condenó en costas a la parte demandante por haber resultado vencida en el proceso.- Igualmente, conforme al artículo 251 ejusdem, se ordenó la notificación de las partes, a los efectos de la impugnación de la referida sentencia.-