Sobre la base de las consideraciones expuestas, y como quiera que el acuerdo alcanzado por las partes en esta causa se produjo con motivo de la demanda interpuesta en la cual consta los hechos, los derechos y conceptos que reclama la parte actora, y con relación al cual la parte demandada expresó su defensa en el escrito de contestación, adicionalmente, consta que la audiencia preliminar ante el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, fue objeto de cuatro (04) prolongaciones, por lo cual estima este Juzgado que desde el principio de la controversia las partes han tenido oportunidad de estudiar los aspectos favorables y desfavorables del acuerdo celebrado, es por lo que este Tribunal homologa con autoridad de cosa juzgada, el acuerdo celebrado entre las partes por la cantidad de Bs. F 5.500,00 en fecha 15 y 16 de enero de 2008 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial. Así se establece.