Por auto dictado en esta misma fecha se decide la manera siguiente: En cuanto a nombrar Depositario el Tribunal no lo designa por cuanto la medida es clara y precisa que el inmueble se le entregue al mismo propietario y en cuanto al traslado, el cual estaba fijado para hoy, el Tribunal se abstiene de realizarlo por cuanto hay un acuerdo previo verbal entre las partes el cual se suscribirá posteriormente en donde se le concederá a la parte demandada un plazo para la entrega del inmueble........................................................................................................