Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada IRIS AUXILIADORA RANGEL, ya identificada, en representación de la parte apelante, en contra de la sentencia dictada en fecha 06 de diciembre de 2006, por el Juzgado Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se confirma en todas y cada una de sus partes.
En consecuencia se declara: SIN LUGAR la impugnación formulada por los codemandados a la estimación hecha por la parte actora como valor de su demanda, SIN LUGAR la defensa previa interpuesta por los codemandados y referida a delatar la presunta falta de cualidad que se le atri.....