Visto el acuerdo conciliatorio celebrado entre los ciudadanos VANETZA DAYANA GONZALEZ y MARTHINO RODRIGUES ESPIRITO SANTO ABREU, en relación a la solicitud de pensión de alimentos fijadas por ellos para los menores: XXXXXXXXXXXXXXX, en fecha 14 de Febrero de 2007. En consecuencia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, da por consumado el acuerdo conciliatorio en los términos allí establecidos y le imparte su homologación.- Provéase lo conducente.-