DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda intentada INVERSIONES MI REFUGIO 2002, C.A. contra ANA ELIZABETH SEGOVIA MORENO, ambas partes identificadas en autos y, como consecuencia de ello, se declara: PRIMERO: Resuelto el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 22/05/2005 y como consecuencia de ello a la entrega del siguiente bien inmueble: Apartamento Nº 85, piso 9, Residencias Lemon Dore, del Conjunto Residencial Le Mont Dore, ubicado en la calle El Comercio de la Urbanización San Luis, Municipio Baruta del Estado Miranda - Caracas, totalmente desocupado de bienes y de personas y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió.- Así se Decide.-
Se imponen las costas a la parte demandada, a tenor de lo previsto en el artícu.....