Atendiendo a todo lo expuesto por éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos WILLIAM MAXIMO ALBARRÁN VILCHEZ y NORMA YSABEL PITTMAN YACTAYO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. V-22.520.439 y V- 22.910.047, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en la República de Perú, Provincia de Lima, Concejo Distrital del Rímac, según consta de acta de matrimonio que fue debidamente inscrita bajo el Nº 04, por ante la Primera Autoridad Civil de la parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 07 de septiembre de 2009, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicho Autoridad Civil.- Así se decide.-
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a l.....