Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- SIN LUGAR la defensa de prescripción de la acción opuesta por dos de las codemandadas.- 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana EULALIA MARÍA PERDOMO DE CRESPO contra las siguientes entidades de trabajo: "CREACIONES NUVO JEAN C.A.", "TV MALL C.A." y "GRUPO DENIM C.A.", ambas partes identificadas en los autos y se condena a éstas a pagar a aquélla los conceptos a especificar. 3.- No hay condenatoria en costas por cuanto ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida en este proceso, de conformidad con el art. 59 LOPT. 4.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que venza el referido en el art. 159 LOPT para la consignación de la misma "in extenso".-