, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR como ÙNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS y en consecuencia conforme a los autos se declara a sus hijas LIZBETH YANUACELLY, JUANA DUBRASKA, YOZAIKA YOMENA Y MARIOSKA ALEJANDRA APONTE PAZ-CASTILLO,venezolanas, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-10.495.097, V-10.498.326, V-12.118.076 y V-15.452.958, domiciliadas en la Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas, del Estado Guárico, como ÙNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, de los derechos dejados por el DE CUJUS, JUAN RAFAEL APONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V-3.410.107, fallecido ab- intestato, en fecha veinticinco (25) de Julio de 20.....