Se HOMOLOGA de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, el DESISTIMIENTO, del recurso de apelación interpuesto JOSE GREGORIO QUINTERO MARTINEZ, Inpreabogado. Nº 70.412, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA FATIMA FERREIRA DE DE SOUSA, titular de la cédula de identidad Nº V-11.555.660. En consecuencia, queda firme la sentencia apelada, dictada por la Jueza Unipersonal Nº 09 de este Circuito Judicial, en fecha 30 de junio del año 2009.