Vista la Ejecución de sentencia que antecede, de esta misma fecha, donde fue condenado el ciudadano JOSÉ DANIEL CASTILLO CARRASQUEL, venezolano, natural de Zaraza estado Guárico, donde nació el 13-09-78, de 31 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Abogado, hijo de pedro Castillo y de Haydee Carrasquero, residenciado en la Urb. Antonio Miguel Martínez, Calle López Aveledo, Residencias Asimar, piso 11, apto. 11-C, Maracay estado Aragua y titular de la cédula de identidad N° V-14.057.844, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN por ser autor responsable en la comisión del delito de SUPOSICIÒN DE VALIMIENTO DE FUNCIONES previsto y sancionado en el artículo 79 de la Ley Contra Corrupción, en perjurio del ciudadano Luís Eduardo Villegas Mota.
En razón que le es procedente según las estipulaciones previstas en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que la pena no excede ce Cinco (05) años, lo procedente y ajustado a derecho,.....