En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio incoada por el ciudadano CARLOS RAFAEL BRAVO HERRERA, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-4.077.308, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía al citado ciudadano con la ciudadana BERTA JULIETA TORRES ORTELANO, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-5.527.643, contraído el día 27 de julio de 1994, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Federal, según consta en Acta N° 209, expedida por el referido Tribunal.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Áre.....