Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus, JESUS VICENTE SANTILLI PEDRON, quien en vida fuera venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-6.467.501, a favor de los ciudadanos MARIA ISABEL BELLO DE SANTILLI, MAYARA MERY SANTILLI BELLO y JHON ALBERT SANTILLI BELLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.097.066, V-13.828.007 y V-17.922.109, respectivamente.-