Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte codemandada contra sentencia de fecha 03/06/2014 emanada del Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido con distinta motivación; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada por Cobro de Indemnizaciones derivadas de un accidente laboral, interpuesta por el ciudadano OTNIEL EBEC MELEC PARRA, contra la sociedad mercantil SOLUCIONES J.E.C 2008 plenamente identificada en el expediente. CUARTO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD opuesta por la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA. Los conceptos y montos que deberá pagar la demandada SOLUCIONES J.E.C 2008 al actor.....