DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES incoada por el ciudadano OSCAR JOSE SUNIAGA contra la ciudadana YELITZA SILVA S., plenamente identificados al inicio del presente fallo.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de NOVENTA Y SIETE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 97.000.000,00), en la actualidad la cantidad de NOVENTA Y SIETE MIL BOLÍVARES (Bs.97.000,00), por el monto de las letras de cambio adeudadas.
TERCERO: Se ordena la práctica de experticia complementaria del fallo, conforme a lo dispuesto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, a fin de llevar a cabo el cálculo d.....