En mérito de las anteriores consideraciones, esta Corte Superior Primera del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de Divorcio dictada por La Corte del Circuito Judicial Décimo Primero en y para el Condado de Miami Dade, División de Familia-Florida, de los Estados Unidos de Norte América, en fecha 29 de mayo de 2005, cuya ejecutoria fue dictada por ese mismo Tribunal, en la cual se establecieron todas las condiciones que rigen entre las partes y que fue aprobado, incorporado y establecido en la sentencia de Divorcio de los ciudadanos JUDITH VILLARROEL y AUGUSTO RAMÓN MALAVE.