Resumen de la Dispositiva: Se traslado y Constituyó el Tribunal en la Casa signada con el Número 22, ubicada en la Calle la Ermita, entre las Calles Orinoco y la Esperanza, Sector la Romana, Valle de la Pascua, del Estado Guárico; sitio señalado en la Comisión a los fines de la Practica de la Medida de Decreto Interdictal de Amparo. En estricta correspondencia con lo manifestado y previo asesoramiento del práctico designado el Tribunal observa lo siguiente: En el Despacho de Comisión se evidencia que los actos perturba torios se efectúan por el Lindero Este; sin embargo, se puede constatar que el lindero específico por el cual se están produciendo los actos perturba torios, ya que estos se ubican en el lindero Norte; de la vivienda donde se encuentra constituido el Tribunal, por tal motivo, no se puede efectuar la notificación a la querellada, por cuanto el despacho de comisión expresamente señalada que debe participar a la querellada que cesen los actos perturba torios para que se pr.....