En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circui-to Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por auto-ridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES intentada por el ciudadano JESÚS NARANJO ROZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.059.889 contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (BANCO AGRI-COLA DE VENEZUELA C.A., BANCO UNIVERSAL). SEGUNDO: Se ordena a la de-mandada a pagar al accionante: 12.5 días de utilidades fraccionadas que arrojan un total de Bs. 1.700.50. Igualmente, se condena la cancelación de los intereses de mora de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Ve-nezuela, desde la fecha de la terminación de la relación de trabajo es decir 31 de di-ciembre de 2008 hasta la fecha en qu.....