DISPOSITIVA
Por todas la razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal de Estado Guárico DECLARA que el penado Ramón Alexander Calcurián Requena, ha Redimido de su condena Cuatro (04) meses, Veintisiete (27) días y Doce (12) horas, por lo que sumado al tiempo de detención para el día de hoy (21/11/2007) que es de Dos (02) años, Tres (03) meses y Veintisiete (27) días de prisión, da un total de Dos (02) años, Ocho (08) meses, Veinticuatro (24) días y Doce (12) horas, por lo que le falta por cumplir Siete (07) años, Tres (03) meses, Cinco (05) días y Doce (12) horas de prisión, que cumplirá definitivamente el 27 de Marzo de 2015; a las doce del medio día, todo de conformidad con los artículos 3 y 6 Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio y los artículos 479 numeral 1°, 484 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido, remítase copia certific.....