ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PASA A PRONUNCIARSE EN LOS SIGUIENTES TERMINOS: PRIMERO: Oída la exposición del sancionado, así como la solicitud de la Fiscal del Ministerio Público, quien ha requerido se sustituya la sanción de Privación de Libertad por las medidas de Semi-Libertad por el lapso de un (1) año, y las medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapor el lapso de un (1) mes y dieciseis (16) días, para ser cumplidas en forma simultaneas, a lo cual se adhirio la defensa, al respecto observa esta Juzgadora que: . Ahora bien, tomando en consideración lo solicitado por la Fiscal del Ministerio Público y la defensa del sancionado, en el sentido de que se le sustituya la sanción de privación de libertad, es por lo que se SUSTITUYE LA SAN.....