En consecuencia, ORDEN DE APREHENSIÓN contra los ciudadanos BRIZUELA HECTOR RAMÓN, TOVAR COLINA JOSÉ ANTONIO y CAMPOS JOSÉ GREGORIO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.074.942, V- 19.601.447 y V-20.247.395, respectivamente, a tenor de lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal líbrese la correspondiente al Comandante de la Zona Policial Nº 01 de san Juan de los morros y al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas ambos con sede en esta ciudad de san Juan de los morros todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal y líbrese oficio a la Fiscalía tercera del Ministerio Público notificándole del contenido del presente auto. Cúmplase.-
LA JUEZ DE CONTROL PRIMERO
ABG. OLGA TAMARA CAMACHO
LA SECRETARIA
ABG. OSCARINA MELO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que an.....