III
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros; de conformidad con el artículo 253 constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL CIVIL existente entre los ciudadanos, JOSE ALFREDO MARTIZ CANACHE, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Barrio San José, de esta ciudad de San Juan de los Morros, titular de la cédula de identidad Nº V-17.062.066 y ANGELICA DEL VALLE GALINDO SALAZAR, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Sector Las Minas Lomas de Arenilla de esta ciudad de San Juan de los Morros del Estado Guár.....